Sánchez hará pagar un nuevo impuesto a nucleares e hidroeléctricas si se benefician de la subida del gas
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El plan de Pedro Sánchez para bajar el precio de la luz detrayendo beneficios de las eléctricas ya tiene fórmula: reducir el pago eléctrico de familias y negocios en la tarifa mensual que abonan por la electricidad y financiar esa pérdida de ingresos por dos vías. La primera, trasladando esos costes al gas, gasolinas y las propias eléctricas por medio de un Fondo de Sostenibilidad que deberán abonar -y que, automáticamente y de forma obvia, trasladarán a los consumidores en cada uno de los productos citados-. La segunda, nuevos impuestos a las denominadas “centrales inframarginales no emisoras”. Estas no son otras que las nucleares e hidroeléctricas. Se trata de centrales que se reparten entre las distintas empresas eléctricas y que tendrán que pagar un impuesto cada vez que el precio sobrepase unos niveles prefijados por el Gobierno.
El texto que regula el nuevo golpe fiscal es el Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad.
Y allí se señala que “otra de las medidas aprobadas es la articulación de un mecanismo de minoración del exceso de retribución que determinadas instalaciones están percibiendo como consecuencia del funcionamiento marginalista del mercado”.
Mercado europeo
La evolución de la cotización de los derechos de emisión en el mercado europeo, muestra valores superiores a los 60 €/ton, e incrementos del 120% respecto al valor de hace un año. El precio del gas natural es determinante en la fijación del precio del mercado diario, y es que su efecto es multiplicador (aproximadamente, un incremento de un euro/MWh del gas supone un incremento de dos euros/MWh de electricidad), frente al precio del CO2, cuya señal se traslada al precio de la electricidad de una forma más atenuada (un incremento de 1 euro/tCO2 supone un incremento de 0,37 euros/WMh el precio de la electricidad, dado el factor de emisión específico del ciclo combinado).
Esta situación se conjuga con un modelo de mercado marginalista que establece que todas las instalaciones de producción que funcionan en una determinada hora perciben el mismo precio, correspondiente al ofertado por la última instalación que entre en el mix de energías para abastecer la demanda en dicha hora. Y el último que entra es el gas natural, trasladando sus costes a todo el resto de fuentes de energía.
“En este contexto, resulta evidente el diferencial entre costes de generación de beneficios de instalaciones no emisoras e inframarginales. Y si bien esta circunstancia es el resultado natural del diseño marginalista del mercado antes expuesto, es imprescindible incorporar instrumentos regulatorios que, ante las excepcionales circunstancias de los mercados de materias primas, limiten de manera temporal el exceso de retribución obtenido por dichas instalaciones en detrimento de todos los consumidores”, señala el texto.
En el caso del CO2, tal y como ha publicado OKDIARIO, actualmente ya se encuentra en sede parlamentaria el proyecto de ley para castigar a nucleares e hidroeléctricas quitándoles el dividendo que reciben por generar electricidad sin emitir CO2.
Pero, ahora, el Gobierno quiere un nuevo castigo. Un pago al que no llama impuesto, pero que opera como tal, de forma que cuando las nucleares e hidroeléctricas se beneficien de las subidas del precio del gas natural, tengan que pagar un porcentaje. Tengan que pagar, por lo tanto, un impuesto.
“Para ello, se regula la minoración de la retribución de las centrales inframarginales y no emisoras, por un importe proporcional al valor de la cotización del precio del gas natural en el mercado ibérico de gas. Además, la minoración de la retribución se aplicará únicamente a las centrales no emisoras en el territorio peninsular, quedando excluidas las instalaciones de generación que perciban un régimen retributivo específico (renovables, cogeneración y residuos)». Es decir, que las tachadas políticamente como verdes se libran de este impuesto, que queda sólo para nucleares e hidroeléctricas.
“Asimismo, también se excluyen las instalaciones de reducido tamaño (<10 MW) por razones de capacidad económica, teniendo en cuenta sus elevados costes fijos y menor rentabilidad inherentes a las instalaciones de menor tamaño”, añade el texto legal.
Por otro lado, este instrumento resultará de aplicación “hasta el 31 de marzo de 2022, momento en el cual se espera que la cotización del referido hidrocarburo haya vuelto a valores promedios observados en los últimos años. A mayor abundamiento, el propio instrumento de minoración establece un suelo en el precio del gas a partir del cual se aplica la medida de 20 €/MWh, valor que corresponde, aproximadamente, con el precio promedio del mercado ibérico del gas, MIBGAS, desde su puesta en funcionamiento de 2017, de tal forma que, si el precio del combustible resulta inferior a dicho umbral, la minoración de la retribución será nula”. Pero si lo sobrepasa, habrá castigo fiscal.